Otras entidades territoriales
Tanto las regiones francesas como las comunidades autónomas españolas se dividen en diversas entidades territoriales. Pero la distribución del territorio que resulta es totalmente diferente:
EN FRANCIA
El departamento
Los departamentos se crearon el año 1790 de manera que todas las personas que viviesen allí pudiesen llegar a su capital en una jornada. Francia se divide en 100 departamentos, de los cuales 4 se encuentran en los territorios de ultramar.
El departamento es una división administrativa de Francia, situada por debajo de la región, y dotada de una doble característica. Se trata, en primer lugar, de una circunscripción administrativa desconcentrada, dirigida por el prefecto del departamento, que gestiona diversos servicios desconcertados del Estado, como por ejemplo la dirección departamental de los equipamientos (DDE), o la dirección departamental de los asuntos sanitarios y sociales (DASS). Pero el departamento es también una colectividad local descentralizada, gestionada por un Consejo General escogido por seis años por sufragio universal directo, que tiene entre sus funciones la financiación de los ámbitos económicos y sociales.
El distrito
Cada departamento francés incluye diversos distritos, cada uno de los cuales acoge un subprefecto. Su función es ayudar el prefecto del departamento. Francia tiene 329 distritos.
El cantón
Los distritos se dividen, a su vez, en cantones. Su función es esencialmente funcionar como circunscripción electoral; en las elecciones cantonales, cada cantón escoge la persona que le representará en el consejo general del departamento. En las zonas urbanas, un mismo municipio agrupa diversos cantones. En las zonas rurales, un cantón está formado por diversos municipios pequeños; en estos casos, a menudo los principales servicios administrativos están concentrados en la capital del cantón. Hay 3879 cantones.
EN ESPAÑA
España está dividida en 17 Comunidades Autónomas y dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla) que disponen de una cierta independencia.
Las provincias
Es un ente local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y por la división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. La provincia cumple una función de coordinación y asistencia a los servicios municipales, así como de prestación de servicios de carácter supramunicipal.
España cuenta con 50 provincias.
Siete comunidades autónomas tienen sólo una provincia: Asturias, Islas Baleares, Cantabria, La Rioja, Madrid, Murcia y Navarra. Las provincias tienen, en general, el mismo nombre que la capital de la provincia. Sólo Mérida (Extremadura), Santiago de Compostela (Galicia), Vitoria, Bilbao y San Sebastián (País Vasco) no tienen el mismo nombre que la provincia de la cual forman parte.
Las comarcas
En general, una comarca es una extensión de territorio reducida, que tiene una cierta unidad debido a las condiciones naturales, la historia o las relaciones de vecindad entre los municipios que la componen.
En la comunidad autónoma de Catalunya, la comarca se utiliza como forma de organización territorial, basada en la agrupación de municipios contiguos que tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus fines. Actualmente, hay cuarenta y una en Cataluña. En el País Valenciano hay 34.
En las Islas Baleares, el concepto comarcal también es variado. Por ejemplo, en la isla de Mallorca, las comarcas han sido redefinidas como les Mancomunidades y se han definido un total de seis. Las otras islas, Menorca y las Pitiusas, constituyen en si mismas una unidad comarcal.
También hay en Cataluña Norte (5) y en la Franja de Poniente (4).
DIVISIÓN ADMINISTRATIVA EN LA EURORREGIÓN